Dentro de los derechos más sentidos que la ley laboral ha establecido a objeto de proteger la maternidad y que, por cierto, ha repercutido fuertemente en la inserción de la mujer en el mundo laboral, destaca el de Sala Cuna.
En síntesis, este es un beneficio que se otorga a las mujeres trabajadoras, madres de hijos de hasta dos años, para que estas puedan dejar a sus hijos o hijas mientras trabajan o, darles alimentación.
Esta obligación, de otorgar el beneficio, recae sobre todos aquellos empleadores que tengan contratadas a veinte o más trabajadoras. Hay que tener presente que la ley no distingue respecto a ningún otro aspecto: que las mujeres estén o no casadas; ni señala como requisito que estas tengan una edad o laboren en un lugar determinado; tampoco hace distinción según la naturaleza o duración del contrato trabajo (servicios transitorios, plazo fijo, indefinido, etc.), la condición para estar otorgar sala Cuna es una sola, tener contratadas 20 mujeres.
Por el contrario, si la empresa disminuye de veinte la contratación de trabajadoras se extinguirá esta obligación de otorgar el beneficio de sala cuna. Sin embargo, la Dirección del Trabajo ha establecido que una empresa se encuentra obligada a mantener el beneficio de sala cuna a la trabajadora que estaba haciendo uso de ella al momento de la disminución a menos de veinte mujeres (no así a las nuevas después de la disminución).
Pero bueno, ¿cómo se cumple la obligación de proporcionar sala cuna?:
A través de alguna de las siguientes alternativas:
a) Creando y manteniendo sala cuna anexa al local de trabajo.
b) Creando y manteniendo sala cuna en común con otros establecimientos de la misma área geográfica.
c) Pagando, el empleador, directamente los gastos de la sala cuna al establecimiento que la mujer trabajadora lleve a sus hijos.
En este último caso es el empleador el que designará la Sala Cuna , pudiendo elegir una independientemente de su ubicación y del lugar en que presta servicios la trabajadora.
Claro, como la ley impone al empleador por una parte el pago de los gastos de los pasajes por el transporte empleado para la ida y regreso del menor al respectivo establecimiento y el de los que deba utilizar la madre durante el permiso concedido para alimentar al hijo, y por otra, la ampliación del permiso utilizado por la trabajadora agregando el tiempo necesario para el viaje de ida y vuelta, una elección racional debería ser buscar las sala cuna más cercana al lugar de trabajo.
Como sea el pago directo a la trabajadora de un bono por sala cuna no puede reemplazar el otorgamiento de este derecho. Bueno, hay un caso de excepción, pero ...
Eso sí, la Sala Cuna elegida debe ser de aquellas que cuenten con la autorización de la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
La obligación del empleador para el mantenimiento de las salas cuna, comprende la de cuidar y conservar salas cuna en condiciones que permitan la permanencia, cuidado y atención de los menores de dos años como, asimismo, la de suministrar o proveer la alimentación que los menores requieren mientras permanecen en esos establecimientos.
Por el contrario, el empleador no está obligado a pagar los gastos de los útiles de trabajo y de los útiles de aseo, utilizados por los menores de dos años que son llevados por la madre trabajadora a una sala cuna, salvo que las partes así lo hayan pactado expresa o tácitamente.
Excepcionalmente, la ley contempla la posibilidad que este beneficio sea usado por el padre. Efectivamente, si la madre fallece, el padre trabajador tendrá derecho a sala cuna si este beneficio fuere exigible a su propio empleador por ocupar 20 mujeres o más, siempre que el trabajador no haya sido privado del cuidado personal de su hijo/a por sentencia judicial.
Un error que aún cometen empresas y trabajadoras, es no recordar que tras las modificaciones del año 2007 a nuestra ley laboral, este beneficio ya no condiciona otro como lo es el derecho de alimentación.
En efecto, el derecho de dar alimento consagrado en el Código del Trabajo es a todas las trabajadoras que tengan hijos menores de dos años, por ende aun cuando no gocen del derecho a sala cuna o dejen a sus hijos en su hogar o en otro sitio, seguirán teniendo derecho a disponer al menos una hora al día para dar de alimento a sus hijos e hijas menores de dos años.
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HOLA, SOY TRABAJADORA Y MI EMPLEADOR ME DA LA HORA Q CORRESPONDE PERO AL IRME.. TAMBIEN TENGO DERECHO A MOVILIZAION SI MI HORA ES CUANDO ME VOY DEL TRABAJO?? ES UN DERECHO?? CUANTO ME TIENEN Q PAGAR?? ES RETROACTIVO SI NUNCA LO HAN HECHO??.. ESPERO SU RESPUESTA MUCHAS GRACIAS ..
ResponderEliminarhola... nuestro empleador nos hizo renunciar al derecho de amamantamiento para contratarnos y como necesitabamos el trabajo accedimos, pero tampoco nos pagan sala cuna y habemos mas de 20 mujeres trabajando, aun podemos reclamar el derecho o lo perdimos al renunciar al derecho de amamantamiento???
ResponderEliminarhola tengo una duda que se entiende por útiles de aseo y útiles de trabajo.. X q en la sala cuna que va mi hijo anteriormente no pagaba nada pero ahora me están cobrando una cuota por útiles didácticos y útiles de aseo, lo cual me parece extraño por q yo le llevó sus pañales, su crema regenerativa su colonia su peineta y por los útiles también cuando me piden x ejemplo láminas de dibujo,cartulina juguetes yo se los llevó
ResponderEliminar¿Que pasa cuando por recomendacion medica, el hijo menor debe ser cuidado en casa?, en ese caso la obligacion se entiende cumplida pagando el empleador a la trabajadora un bono de sala cuna convenida de modo de pagar los gastos de ese cuidado???
ResponderEliminarbuenas tardes
ResponderEliminarmi pregunta es, donde yo trabajo hay tan solo 5 mujeres trabajando en la empresa no hay sala cuna y me veo obligada a pagarle a alguien para que cuide a mi bebe por el horario de entrada en mi trabajo, entro a las 7am. de la mañana y salgo a las 5:30am. para llegar a tiempo, a esa hora no encuentro sala cuna abierta ¿tengo derecho a que me paguen el derecho a sala cuna para pagarle a quien me cuida mi bebe?
Hola, en el lugar donde trabajo, somos mas 20 mujeres, no hay sala cuna y hay varios bebes, muchas de ellas tienen quien les cuide a sus hijos, pero otras colegas como yo, no tenemos a nadie de confianza. ¿Qué podemos hacer para que pongan sala cuna?
ResponderEliminarSoy trabajadora con contrato a honorarios en la Municipalidad y se me negó derecho a sala cuna por no haber cupos, según ellos, a que puedo optar ante esta respuesta
ResponderEliminarHola! Quisiera saber si el beneficio de sala cuna es solo cuando la trabajadora vuelve a trabajar. Que pasa si por motivos de salud ella continua con licencia medica.. este no corre? Gracias sldos.
ResponderEliminarCuanto debe pagar el empleador en la sala de cuna!!!! Cuanto es lo legal y donde lo encuentro???
ResponderEliminarMaría José, el empleador esta obligado a tener sala cuna (o un convenio con una), que este autorizada por la JUNJI. Cuál o cuanto paga por ella lo determina la empresa, lo relevante es que otorgue ese beneficio a sus trabajadoras
ResponderEliminary si ellos me designan una sala cuna y me quieren pagar 50 mil pesos estan en lo correcto, por que el arto 203 señala que se deben hacer cargo del pago de la sala cuna y no de pare de este
Eliminarhola! quisiera saber que pasa si mi bebe me lo cuidan en la casa,tengo los mismos derechos que las mamas que tienen a su bebes en sala cuna????
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarHola!!! Mi empresa tiene una sala cuna asociada a otra razon social y la unica soluciom que me da es llebar a mi hijo ahi mientras ellos solucionan el problema... Puedo exigirles que me den un bono para poder pagarle a un tercero para que cuide a mo hijo y si es asi cuanto es el monto?
ResponderEliminarHola,,,,,mi bebe por motivos de salud no puede asistir a sala cuna y mi empleador me dice que ellos solo tienen convenio con sala cuna que el bono para que alguien lo cuide en casa es solo para empresas grandes..... esperando que puedo aser muchas gracias
ResponderEliminarconsulta, cuando ingrese a trabajar me otorgaron el fuero maternal y el beneficio de sala cuna, siendo que mi hijo ya tenia 4 meses y medio. jamas lo utilice porque la sala cuna me quedaba bastante retirada del trabajo y mas de mi casa.
ResponderEliminarsi a mi me despiden o yo renuncio, el monto que jamas percibí del beneficio de pago de la sala cuna se me pagara retroactivo o no?
favor contestar mi consulta.
gracias
hola mi consulta es la siguiente
ResponderEliminarquiero saber si en vez de poner a mi hija en una sala cuna hay algún bono para pagarle a alguien que la cuide
Si me desvincularon de mi empresa por necesidades y jamás me brindaron mi hora de lactancia, la puedo reclamar a través de la inspección del trabajo para que esta sea cancelada como HHEE?, además hubo 04 meses que no me pagaron el derecho a sala cuna, lo puedo alegar también?...
ResponderEliminarYo ingresé a la empresa cuando mi bebe tenia solo 08 meses, desempeñándome en el área de Recursos humanos, (por ello jamás alegue, puesto que era poco ético). allí estuve 2 años y medio.
Ojala me respondan, ya que de ello depende mi denuncia en la dirección del trabajo.
cual es cuota o el pago maximo a pagar por la empresa en sala cuna.
ResponderEliminarQue pasa si a mi hijo por razones médicas el Dr. Prohibe la asistencia a sala cuna, me dio un certificado para matar en la empresa que lo acredite, pero en mi empresa me dicen que sólo me darán un% de este bono para que alguien cuide al bebé en casa. Esto es realmente así, sólo entregan un %,???
ResponderEliminaryo trabajo en un negocio y somos como 14 trabajadores me corresponde sala cuna mi hijo tiene 10 meses
ResponderEliminarHola...
ResponderEliminarmi empleador me proporciona una sala cuna que queda a mas de 50 km de mi hogar y a unos 30 de mi trabajo, es legal que les solicite el dinero y yo pagar una sala cuna más cercana.. a mi domicilio..???
saludos... por favor responder a profeleonardocastro@gmail.com
gracias...
El empleador elige la sala cuna o yo puedo elegir donde la llevarla ?
ResponderEliminarHola, si mi empleador tiene varios rut ya que son un grupo de empresas , justo por el que estoy contratada no somos las 20 , pero en el lugar físico donde trabajamos si habemos mas de veinte, tenemos derecho a sala cuna ??
ResponderEliminarRealmente existe alguna ley que me permita que cuiden a mi bebe en casa, ya que se enferma con frecuencia, soy empleada publica
ResponderEliminarhola mi consulta es ka sgte..trabajo con un contrato por servicios transitorios y nos renuevan cada 3 meses...actualmente me encuentro embarazada,....tengo los beneficios del fuero maternal?? cuales serian??
ResponderEliminarHola.. Yo estoy pronta a volver a trabajar.. Pero no puedo dejar a mi bebe en la sala cuna como que tiene convenio la empresa.. En ese caso me deben pagar un bono para que yo busque a alguien queme la cuide en casa... Es su obligación que me paguen el bono o sólo si el empleador quiere.. Desde ya gracias millytat.m@gmail.com
ResponderEliminarCuanto debe pagar el empleador en la sala de cuna!!!! Cuanto es lo legal o debe pagar la totalidad de la sala cuna?
ResponderEliminarHola, buenas tardes, trabajo hace tres años a honorarios en un Ministerio, me corresponde el beneficio de sala cuna? Quiero volver a trabajar pero la sala cuna cuesta 250 mil pesos.
ResponderEliminarLa obligación del empleador es proporcionar una salacuna autorizada por la Junji, cuanto paga por ello dependerá del empleador
ResponderEliminarLamentablemente una de las grandes deficiencias que tiene la regulación laboral es precisamente en el lugar que más debería cumplirla como lo es el estado. Generalmente se esta a lo que son las políticas de cada repartición
ResponderEliminarEstimados no duden en llamarnos al 2 425 9404 para concertar una reunión. Nuestros datos están en www.asesorialaboral.cl saludos!
ResponderEliminarSi trabajo para una empresa de servicios transitorios, igual me deben pagar la sala cuna?
ResponderEliminarPuedo solicitar tiempo de traslado sii trabajo esta fuera de mi lugar de residencia me demoro una hora en trasladarme. Yo tome mi fuero, al finalizar mi jornada.
ResponderEliminarEl tiempo de traslado desde y hacia la sala cuna es parte de la jornada laboral
ResponderEliminarEstimados no duden en llamarnos al 22 425 9404 para concertar una reunión. Nuestros datos están en www.asesorialaboral.cl saludos!
ResponderEliminarEstimados
ResponderEliminarEn mi trabajo me pagaban una parte de la sala cuna y yo la diferencia, como no tenían contrato con ningún jardín reclamé y comenzaron a pagar el 100% como lo indica la ley, mi profesor de derecho me explicó que el código no señala textual que este pago es retroactivo, pero me dijo que si habían jurisprudencias que lo indicaban. Comenté esto en la empresa y a menos de 1 mes me despidieron aplicando art. 161.
Ante esto necesito ayuda respecto lo siguiente: puedo reclamar causa injustificada, y solicitar el pago retroactivo de 1 año por concepto de salacuna (pues durante ese año pagué la diferencia de salacuna) y también solicitar el pago de la movilización, pues nunca me lo pagaron.
Les agradeceré orientarme, pues aún no firmo finiquito.
Saludos
el retroactivo no, pero si entiendo que su despido como una represalia y eso la ley lo iguala, en sanción a la afectación de un derecho fundamental
ResponderEliminarHola mi empleador me obligo ha realizar horas extras despues de que volvi de mi pos natal cosa que no accedí por que no quiero y tengo que alimentar a mi hijo , eso desembocó una discusión en la cual me dijeron que si no hacia horas extras me cambiaban de sucursal a una mas lejana !! Puedeb hacer eso yo me iba a pie a mi trabajo y ahora tengo que ir en metro a una hora de mi casa y perdería mi hora de alimentacion a mi bebe porque se iria en el trayecto .. es legal todo ésto !!! Ademas que afecta la alimentaciob de mi bebe y mi economia
ResponderEliminarNo la puede obligar a trabajar horas extra a menos que así se haya obligado mediante un pacto (el pacto no esta obligada tampoco a suscribirlo). Respecto a los cambios que puede hacer el empleador a mis condiciones laborales y los requisitos que pide la ley, le sugiero leer:
ResponderEliminarhttp://asesorialaboralsantiagoalbornoz.blogspot.com/2012/03/ius-variandi-o-la-facultad-del.html
Yo en mi trabajo tengo el derecho de sala cuna pero yo quiero q me la cuiden en casa por motivos x.
ResponderEliminarTengo el derecho de resibir ese pago?
Ivana, el beneficio es sala cuna y no a entregar una asignación. Sólo en muy especiales casos la Dirección del Trabajo ha permitido entregar una suma de dinero (Ej.: No hay salas cuna en la localidad)
ResponderEliminarHola desde que volví de mi posnatal no m devolvieron mi puesto de trabajo no m siento a gusto llevó tres años trabajando en la misma empresa hace poco que termine mi fuero maternal ,que son un año y tres meses ni tampoco me han subido el sueldo ni me evalúan ahora solo m queda la alimentación materna mi pregunta es si renuncio o me hechan tengo derecho a que m paguen los tres años trabajados
ResponderEliminarHola yo quisiera saver si el medico estipula que no es conveniente que mi bebe vaya a la sala cuna y me extienda un certificado para hacerlo llegar a la emplresa el empleador esta obligado a darme algun dinero para ayudar a pagar alguna cuidadora
ResponderEliminarEs imponible el bono de sala cuna
ResponderEliminarHola ,quisiera saber, si la condición para que la empresa entregue el beneficio de sala cuna es tener contratadas a 20 trabajadoras sin importar si estan embarazadas o tengan hijos menores de 2 años?
ResponderEliminarJessica hola mire toy complicada xq llevo meses tratando q me den.una solucion com el tema del jardin y ya no se q mas hacer toy a pocas semanas de entrar a trabajar y pedi.xun mes mis vacaciones para q me buscaran uno y nada yo no se q hacee y mi idea es llegar a un arreglo con ellos e irme eso si q llevo 9 años en la empresa y esto ya me supero son super irresponsables prefiero.irme y asi cuidar a mi hija yo q tendria q hacer si me pueden aconsejar muchas graciass..
ResponderEliminarLa obligación de tener sala cunas es para las empresas que contraten 20 o más trabajadoras
ResponderEliminarHola mi duda es la sgte mi bb tiene 6 meses diagnosticada con alergia a la proteina de la leche y bronquitis obstructiva reiteradas que tengo q hacer para recibir un bono para pagar una cuidadora ya q el doc emitio certificado diciendo no a sala cuna.cuales son los pasos a seguir
EliminarHolaaa miren no e tenido solucion con respecto a los jardines entro a trabajar el 29 de octubre y no se q mas hacer fuy a ver si llegamos a un acuerdo y nada es mi bebe y supuestamente tiene q adaptarse pero ya me canse de esperar una respuesta ire a la inpeccion de trabajo no se q mas hacer toy muy complica aver si me orientan muchas graciasss..
ResponderEliminarBuenos dias
ResponderEliminarquisiera saber que pasa cuando el jardin que esta mi hija no cumple con mi horario de trabajo entra a las 08:00 y sale a las 16 :00 horas, m hija tiene 1 año 6 meses y mi horario es de 08:00 a 17;00 horas agradeceria su respuesta
Buenos días:
ResponderEliminarQuiero hacer una consulta, tengo un bebé de 1 años y dos meses, tengo documentos que acreditan que no puede asistir a sala cuna por el tema de su enfermedad, A parte de eso mi trabajo queda a una 2 horas de mi domicilio. La Gerencia está el tanto que no puedo llevarlo a sala cuna, pero no quieren pagarle a una persona para que me lo cuide ¿Qué puedo hacer en este caso? Favor responder.
Hola....tenemos un bebe de 1 año asistiedo a sala cuna de un hospital...con respecto al fuero..¿puedo ocupar mi fuero de salida, para realizar otros ocupacones (estudiar), para luego retirar mi niño en el horario señado por la sala cuna...?
ResponderEliminarPsd: mi marido, tambien trabaja en le hospital, y sale en el mismo horario de la sala cuna
gracias
Hola si somos 2 trabajadoras mujeres no tengo derecho a nada y tengo un bebe menor de 10 meses?.. Me refiero a sala cuna
ResponderEliminarHola tengo una consulta, corresponde que mi empleador pague sala cuna si en mi empresa somos menos de 20 mujeres? Espero respuesta :)
ResponderEliminarMe despodieron por necesidades de la,empresa y mi hijo recien cumplio un año seis mesese deberian haber pagado los 6 meses que restaba la,sala cuna
ResponderEliminarno, tal derecho existe mientra este vigente el contrato de trabajo
ResponderEliminarLyha, la obligación de otorgar sala cuna solo existe para las empresas que tengan contratadas 20 mujeres o mas. Otra cosas es el derecho a alimentar
ResponderEliminarAle, le sugiero que todo cambio de condiciones de los que usted no este de acuerdo lo denuncie en la Inspección lo antes posible. Mientras, no puede dejar de seguir las instrucciones
ResponderEliminarEstimados no duden en llamarnos al 22 425 9404 para concertar una reunión. Nuestros datos están en www.asesorialaboral.cl saludos!
ResponderEliminarla distancia de la sala cuna con mi trabajo es de media hora, como lo hago para alimentar a mi bebe si la hora de amamantamiento la ocuparia solo para viajar
ResponderEliminarYo denuncie el no pago de sala cuna, se supone que tiene que ir a mi trabajo un inspector, cuanto demora que el vaya y si es favorable para mi, que debería pasar posteriormente.?
ResponderEliminarel traslado del o la menor a sala cuna es parte de la jornada
ResponderEliminarYo no tengo derecho a sala cuna por lo que que la he tenido que pagar yo, mi duda es si la hora para amamantar se extiende debido al tiempo de traslado a la sala cuna.
ResponderEliminarHola, quisiera saber si él bono se puede pagar a una persona con estudios de parvularia para que cuide a mi bebe en casa.esperó respuesta. Gracias.
ResponderEliminarQ pasa si nunca mi empleador me pago los gastos de sala cuna puedo reclamar un retroactivo?
ResponderEliminarHola buenos días, yo tengo a mi bebe en la casa y me la cuidan ahí con certificación medica, la empresa me paga el bono sala cuna y ese monto yo se lo pago a la persona que me la cuida. mi consulta es si estoy de vacaciones corresponde que me paguen el bono? o me pagan solo un proporcional a los días trabajados?
ResponderEliminarDisculpe que interfiera en su publicación le emitio un certificado el pediatra solo lo presento con su empleador o tuvo que ir a alguna parte.agradeceria enormemente que me ayude gracias
EliminarQue sucede si a la trabajadora el Pediatra le solicita por un período de 6 meses retirar al niño de la sala cuna por diagnostico de enfermedad, debemos como empleadores compensar el cuidado en la casa ???? agradezco su orientación.
ResponderEliminarQue sucede si a la trabajadora el Pediatra le solicita por un período de 6 meses retirar al niño de la sala cuna por diagnostico de enfermedad, debemos como empleadores compensar el cuidado en la casa ???? agradezco su orientación.
ResponderEliminarhola, consulta no tengo ningun beneficio de sala cuna, ya que en mi empresa yo solamente estoy contratada, todas las demás personas trabajan a honorario por proyectos... ningun beneficio?
ResponderEliminarayuda plisss
Siempre es una ayuda que se agradece, información muy valiosa que vamos a implementar en nuestros servicios de ahora en adelante, un saludo
ResponderEliminarhola mi nombre es camila tengo fuero maternal, tengo contrato de trabajo indefinido y firme un anexo de contrato por las horas de la sala cuna de mi hijo,, todo bn,,, hasta que ahora rrhh me dice que tendre que cambiar a mi hijo de la sala cuna que ellos quieren que yo trabaje de lunes a domingo y el anexo dice que debo trabajar de lunes a viernes. es legal lo que me estan pidiendo ,,, muy confundida me pueden ayudar por favor
ResponderEliminarHola lo q pasa q mi empleador tiene más de 20 trabajadoras pero dice q no le corresponde pagarme la sala cuna ya q cuentan con distintas relación social pero las mujeres trabajan para el mismo empleador me gustaría saber su respuesta por favor ya q no tengo idea si es legal lo q me dijo
ResponderEliminarESTOY EN MI SEMANA 37 DE MI SEGUNDO EMBARAZO, Y MI PRIMERA HIJA AUN NO CUMPLE 2 AÑOS , SE EXTONGUE PARA ELLA EL PAGO COMPENSATORIO DE SALA CUNA QUE PERSIVE EN MI LIQUIDACION DE SUELDO MENSUAL
ResponderEliminarMi hijo ya esta inscrito en sala cuna pero por problemas familiares no lo e podido enviar ,a mi empresa le llego la boleta cobrandolé el mes completo, siendo que mi hijo no aistio ningún día que pasa si la empresa no quiere pagar? Y su mi hijo o no asistió esos días me pueden quitar el beneficio?
ResponderEliminarconsulta renuncie voluntariamente a mis derechos del fuero y cuando mi bebe tenia 1añito 2 meses me contrataron en otro empresa con contrato fico y me respetaron el fuero cancelandome un bono de 70 mil pesos porque mi bebe ya estaba en una sala cuna de junji mi consulra es que hoy se termino mi contrato y no me lo renovaron tengo derecho al pago del bono de 70 mil pesos si no estare ya trabajando y mi bebe tiene 1año 6meses
ResponderEliminarMi hija no puede asistir a sala cuna por orden médica mi empleador me dice que debo enviar el certificado del médico con el diagnóstico para buscar una sala cuna que la reciba con ese diagnóstico, pero lo que yo necesito es que a mi hija la cuiden en la casa pero ellos se niegan a pagar el bono compensatorio, que puedo hacer en ese caso
ResponderEliminarEstoy con contrato mi hija tiene 1 año y 1 mes me pagan el bono de sala cuna desde el 20 de octubre de este año me deben pagar los meses anteriores? Desde que termino mi postnatal?
ResponderEliminarHola tengo el bono complementario de sala cuna. Mi consulta es imponible el bono?
ResponderEliminarDesde que comenzaron con el pago me lo adjuntan a mi sueldo y descontando de mi sueldo y del bono fonasa y afp.
Consulta mi empresa me paga la sala cuna, que pasa si me cambio de trabajo, pierdo el beneficio?
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