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mi siguiente consulta es que significa precisamente cuando ponen termino al contrato de trabajo con la siguiente causal art. 161 inciso 1 D.F.L.Nº 1 del 24 de Enero de 1994.
BUENAS NOCHES JUNTO CON SALUARLO QUISIERA QUE ME ASESORARA EN LO SIGUIENTE.MI SUPERVISOR DESDE YA HACE UN MES ESTA ROTANDO A MIS COMPAÑEROS NUESTRO CONTRATO DICE CLARAMENTE TURNOS ROTATIVOS DE 4*4 CUATRO LIBRES,CUADRO DIAS ,CUATRO NOCHE,SIN EMBARGO ESTA COLOCANDO DE TURNO UN MES COMPLETO SOLO DE NOCHE A CADA UNO,POR EJEMPLO.A MI ESTA SEMANA ME TOCA 4 NOCHES,HASTA EL DOMINGO DESDE EL LUNES AL JUEVES ESTOY CON DESCANSO Y LUEGO ENTREO 4 DIAS ,PERO DEBO SEGUIR DE NOCHE Y ASI SUSECIBAMENTE DURANTE EL MES..ESTO ES LEGAL ? DEBE HABER UN ANEXO DE CONTRATO? ESTA ROTANDO A TODO EL PERSONAL ,BUENO PRIMERO QUE NADA SOY GUARDIA DE SEGURIDAD.
En cuanto al acoso laboral: 1. Procurar obtener todos los medios probatorios que así lo indiquen (correos, instrucciones de cambio de lugar de trabajo, testigos, etc.), 2. Denunciar a la brevedad a la Inspección del Trabajo
sr.
ResponderEliminarmi siguiente consulta es que significa precisamente cuando ponen termino al contrato de trabajo con la siguiente causal art. 161 inciso 1 D.F.L.Nº 1 del 24 de Enero de 1994.
atte.
Daniel Sepulveda O.
BUENAS NOCHES JUNTO CON SALUARLO QUISIERA QUE ME ASESORARA EN LO SIGUIENTE.MI SUPERVISOR DESDE YA HACE UN MES ESTA ROTANDO A MIS COMPAÑEROS NUESTRO CONTRATO DICE CLARAMENTE TURNOS ROTATIVOS DE 4*4 CUATRO LIBRES,CUADRO DIAS ,CUATRO NOCHE,SIN EMBARGO ESTA COLOCANDO DE TURNO UN MES COMPLETO SOLO DE NOCHE A CADA UNO,POR EJEMPLO.A MI ESTA SEMANA ME TOCA 4 NOCHES,HASTA EL DOMINGO DESDE EL LUNES AL JUEVES ESTOY CON DESCANSO Y LUEGO ENTREO 4 DIAS ,PERO DEBO SEGUIR DE NOCHE Y ASI SUSECIBAMENTE DURANTE EL MES..ESTO ES LEGAL ? DEBE HABER UN ANEXO DE CONTRATO? ESTA ROTANDO A TODO EL PERSONAL ,BUENO PRIMERO QUE NADA SOY GUARDIA DE SEGURIDAD.
ResponderEliminarATTE.
Y GRACIAS.
CLAUDIO
Estoy siendo víctima de acoso laboral y ostigamiento que debo hacer
ResponderEliminarEn cuanto al acoso laboral: 1. Procurar obtener todos los medios probatorios que así lo indiquen (correos, instrucciones de cambio de lugar de trabajo, testigos, etc.), 2. Denunciar a la brevedad a la Inspección del Trabajo
ResponderEliminarEstimados no duden en llamarnos al 22 425 9404 para concertar una reunión. Nuestros datos están en www.asesorialaboral.cl saludos!
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